Monotributo RG 3990/2017 - Mi categoría
La AFIP implementará el procedimiento informatico denominado “Mi Categoría que contendrá a partir de Agosto de:
INFORMACION CUATRIMESTRAL
A la finalización de cada cuatrimestre calendario (enero/abril, mayo/ agosto y septiembre/diciembre), pondrá a disposición la información que posee sobre su situación tributaria, y tanbien mediante la remisión de alertas al “Domicilio Fiscal Electrónico”.
RECATEGORIZACION OBLIGATORIA EN SEPTIEMBRE DE CADA AÑO
La recategorización cuatrimestral correspondiente al período mayo/agosto de cada año resultará obligatoria aún cuando el pequeño contribuyente deba permanecer encuadrado en la misma categoría, que implicará una confirmación de los datos declarados a los fines de su categorización.
c) Los datos informados variarán en función de la categoría del Régimen Simplificado (RS) de que se trate.
Ante cualquier duda no dude en comunicarse con el Estudio Contable Fleisman y hablar con uno de nuestros contadores públicos.