ATP noviembre de 2020

ESTUDIO CONTABLE FLEISMAN les informa que las Empresas que sean empleadores podrán solicitar, en la web de la AFIP, un Crédito a Tasa Subsidiada del 27% o del 33% para hacer frente al pago de los haberes de Noviembre de 2020 destinado a los empleadores registrados en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).

La AFIP habilitó la inscripción al programa ATP para el pago de los salarios de noviembre de 2020.
Los empleadores podrán inscribirse desde el Viernes 20 hasta el Jueves 26 de noviembre.
La posibilidad de acceder a cada uno de los beneficios depende del tipo de actividad desarrollada por la empresa y/o la variación nominal en su nivel de facturación.
El Programa ATP contempla los Crédito a Tasa Subsidiada, el Salario Complementario y los REPRO II, que instrumenta el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
1.- Empresas que no desarrollan actividades críticas y registran una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de octubre de 2020 y 2019.
Podrán optar entre tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27% o solicitar el REPRO II que instrumenta el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

REPRO II
Deberán presentar a través del servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”. el último balance junto con un conjunto de datos económicos sobre la empresa que son requeridos por del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
2.- Empresas no afectadas en forma crítica que registran una variación nominal positiva en su facturación de 0% a 35%.

Los empleadores podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%. Los créditos contarán con un período de gracia de 3 meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas.
Las empresas que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.

3.- Empresas afectadas en forma crítica.

 Aquellas firmas que registran una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de octubre de 2020 y 2019 accederán al Salario Complementario.
Cuando la variación de facturación nominal interanual sea entre 0% y 35% podrán acceder al beneficio del Crédito a Tasa Subsidiada.

4.- Empresas del sector salud.

Podrán acceder al salario complementario las firmas cuya variación de facturación interanual haya sido negativa, igual a cero o positiva de hasta el 35%


Los Contadores Públicos del ESTUDIO CONTABLE FLEISMAN están en la misión
de  brindar información a los Empresarios, actualizada y en forma clara
y sencilla dentro de la complejidad de normas legales de todo tipo
originadas, muchas de ellas, en el COVID-19   
Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción
A.T.P. NOVIEMBRE de 2020